* Alerta total en el Estado de México por coronavirus.
* Alfredo Del Mazo Maza acuerda acciones respaldadas en su investidura, sin esperar “linea” del presidente.
* Cierran cines, bares, bibliotecas, centro nocturnos y plazas comerciales.
Forzosas las medidas anunciadas ayer por el gobernador Alfredo Del Mazo Maza orientadas a contener la pandemia del coronavirus en la entidad.
Y prudente también no esperar “línea” del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador , quién para esta mañana de martes supuestamente haría un importante pronunciamiento de cara a la crisis que ha generado el COVID- 19.
No se debe olvidar que el Estado de México es considerado , por sus potenciales político, económico, agrícola, industrial, geográfico y demográfico, un país , incluso de mayor potencial al de algunos de centroamerica y Africa juntos.
Por eso , Del Mazo Maza , actuó en consecuencia al pronunciarse sobre las medidas aplicadas a partir de ayer mismo para proteger a las familias más vulnerables y al resto de los mexiquenses frente a la pandemia del coronavirus.
Lo anunciado – mediante un video – por el titular del Ejecutivo mexiquense derivó del siguiente ACUERDO por el que se establecen las medidas preventivas y de seguridad para evitar un posible contagio del coronavirus (COVID-19), en el Estado de México, mismas que se describen así:
I. SUSPENSIÓN TEMPORAL:
A. Unidades económicas clasificadas como de alto impacto cuya actividad principal contemple la venta de bebidas alcohólicas para su consumo inmediato y/o al copeo, o aquellas cuya clasificación le sean semejantes, como:
Bares. |
Discotecas. |
Salas de sorteos de números. |
Cantinas. |
Centros nocturnos. |
Casinos. |
Salones de baile. |
Centros botaneros y cerveceros. |
Restaurantes bar. |
B. Las actividades o locales, o centros de reunión, cuya capacidad de aforo o funcionamiento pueda representar un riesgo sanitario, como:
Centros y plazas comerciales. |
Boliches. |
Foros. |
Billares. |
Baños públicos. |
Palenques. |
Cines. |
Vapores. |
Eventos masivos. |
Gimnasios. |
Spas. |
Eventos o espectáculos públicos. |
Zoológicos. |
Espacios deportivos o culturales. |
Salones de fiestas. |
Balnearios. |
Teatros. |
Jardines para eventos sociales. |
Albercas públicas. |
Auditorios. |
Aquellas semejantes. |
*Se exceptúan de la suspensión a los restaurantes y establecimientos que preparen o vendan alimentos y bebidas no alcohólicas, vía entrega en el lugar o a domicilio.
II. LIMITACIÓN DE SU CAPACIDAD DE AFORO AL 25%:
▪ Venta de productos para el soporte al trabajo y escuela en casa.
▪ Mejoras y mantenimiento al funcionamiento del hogar.
▪ Centros de servicio, mantenimiento y talleres.
▪ Veterinarias y tiendas de venta de alimentos para animales.
▪ Peluquerías y salones de belleza.
▪ Servicio de hospedaje.
▪ Tiendas departamentales (para la venta de artículos antes referidos y de primera necesidad).
*Deberán garantizar las medidas higiénicas sanitarias y de sano distanciamiento social. En caso de que alguno de estos establecimientos, se encuentre dentro de un centro o plaza comercial, deberá limitarse el acceso de los consumidores, únicamente a estos establecimientos.
III. OPERACIÓN HABITUAL CON RESTRICCIONES:
Los establecimientos cuyo giro o actividad no se encuentre determinada en la clasificación antes señalada, deberán promover y fomentar las medidas de sano distanciamiento consistente de por lo menos de 1.5 a 2 metros, de conformidad con lo que determine la autoridad sanitaria. Dichos establecimientos son (de forma enunciativa, más no limitativa):
Tiendas de autoservicio. |
Tiendas de conveniencia. |
Centrales de abasto. |
Farmacias. |
Mercados. |
Misceláneas. |
Las demás unidades económicas que no estén consideradas dentro de la suspensión de actividades determinadas por el presente Acuerdo, deberán observar las normas de la Jornada Nacional de Sana Distancia:
Actividades de producción primaria y secundaria. |
Casas de empeño. |
Centros de venta de bienes. |
Instituciones financieras bancarias y no bancarias. |
Centros de distribución y servicios logísticos para la industria y el abasto. |
Proveedurías vinculadas al sector salud. |
Centros de distribución de hidrocarburos. |
Comercio electrónico. |
Proveedurías vinculadas seguridad pública y de protección civil. |
Medidas que estarán vigentes hasta el 19 de abril próximo, describe el documento.
SÍNTESIS POLÍTICA
Cabe destacar que en su mensaje de ayer , Alfredo Del Mazo Maza , consideró que ante la presencia del COVID-19, toda la sociedad debe actuar con responsabilidad y extremar precauciones en el cuidado de niños o adultos mayores, pues ellos son los más vulnerables a este virus. Por ello, solicitó a la población que en este momento debe prevalecer la solidaridad e identificar a las personas de la tercera edad que viven solas, para brindarles cuidado y apoyo para obtener medicamentos y comida. “Todos los sacrificios que realicemos ahora que el brote se encuentra en su etapa inicial, nos permitirán superar más rápidamente la pandemia y sus efectos, mantengámonos unidos, sigamos cuidando de nuestras familias con responsabilidad, y estoy seguro que unidos y con la participación de todos, saldremos adelante de este gran reto», finalizó.